La declaración de inconstitucionalidad de sus aranceles supone un revés mayúsculo para Trump. Más allá de sus exabruptos, la estrategia comercial del presidente queda noqueada con la decisión del Tribunal Supremo estadounidense.
Es importante entender el fondo jurídico-constitucional de la cuestión: la división de poderes. La Constitución de Estados Unidos (art. 1.8) deja rotundamente claro que, para recaudar impuestos, el Gobierno necesita de la aprobación del Congreso, o sea, de la Cámara de Representantes y del Senado.
«La declaración de inconstitucionalidad de sus aranceles supone un revés mayúsculo para Trump»
Pese a su denominación propia, los aranceles no dejan de ser un tipo de impuestos. Específicamente, un tributo que los gobiernos cobran a sus empresas o ciudadanos cuando importan mercancías o materias primas del extranjero. Por tanto, el gobierno estadounidense necesita de una ley del Congreso para recaudarlos.
Despreciando este principio, Trump aprobó por orden ejecutiva –más o menos, equivalente a nuestro real decreto– todos los aranceles de la famosa tabla que presentó al mundo el «Día de la Liberación», como lo bautizó el mandatario. El precario amparo legal para esta maniobra lo buscó en Ley Poderes Económicos de Emergencia Internacional de 1977.
«Pese a su denominación propia, los aranceles no dejan de ser un tipo de impuestos»
En efecto, esta norma autoriza al presidente de Estados Unidos a aprobar aranceles por orden ejecutiva y, en consecuencia, sin pasar por el Congreso. No obstante, se trata de una autorización limitada, ya que el parlamento no puede ceder por completo una de sus prerrogativas constitucionales, sin una reforma de la carta magna.
Para que el presidente apruebe aranceles, según la Ley de 1977, como se deduce del nombre de la norma, se requiere una situación de emergencia económica. Antes de Trump, nunca hizo falta especificar que esa emergencia debe ser real. Pero, bueno, ese es el quid de la cuestión. El presidente impuso todos sus aranceles generalizados, asegurando que existía una grave situación de maltrato económico contra los Estados Unidos. Para remediarla, se hacía imperativa una intervención inmediata que protegiera la economía nacional.
«La Constitución de Estados Unidos (art. 1.8) deja rotundamente claro que, para recaudar impuestos, el Gobierno necesita de la aprobación del Congreso»
Si sólo hubiese mostrado un poco más específico… La propia sentencia del 20 de febrero ha mantenido la constitucionalidad de algunos aranceles en sectores estratégicos, como el acero. En unos términos más bien laxos, la mayoría del Tribunal Supremo ha apreciado, en esos casos, la existencia de un riesgo económico que amparaba la orden ejecutiva de Trump. Vamos, que los jueces hicieron el trabajo de selección y argumentación, según el ámbito empresarial, que tendría que haber hecho la Casa Blanca.
No obstante, ni con los mejores ojos puede justificarse que exista una emergencia económica, en cualquier sector o contra cualquier país extranjero, sólo porque el presidente diga que existe. Si el Tribunal Supremo hubiese admitido la constitucionalidad de todos los aranceles del «Día de la Liberación», ya no Trump, cualquiera de sus sucesores futuros podría prescindir del poder legislativo para imponer aranceles. Se abriría, además, una peligrosa puerta a actuar igual con otros impuestos.
«Para que el presidente apruebe aranceles, según la Ley de 1977, como se deduce del nombre de la norma, se requiere una situación de emergencia económica»
Tan apabullantes son los argumentos contra sus aranceles, que poco sorprende la sentencia, incluso con una mayoría de jueves conservadora de seis a tres. De hecho, tres de les jueces conservadores, incluida Amy Barret, propuesta por Trump en 2020, han integrado la mayoría para el veredicto, junto a sus tres colegas progresistas. Y es que no todo en la vida debería ser una decisión ideológica.
Entre los votos particulares, me ha sorprendido mucho el de Brett Kavanaugh –también propuesto por Trump en 2018, pese a las polémicas acusaciones de agresión sexual en su contra. Se trata de un voto particular extenso, casi tanto como la propia sentencia, pero cuyos argumentos, al menos los que decantan su parecer, tienden más a lo político que a lo jurídico.
«tres de les jueces conservadores, incluida Amy Barret, propuesta por Trump en 2020, han integrado la mayoría para el veredicto, junto a sus tres colegas progresistas»
En concreto, Kavanaugh enfatiza la problemática que viene ahora para Estados Unidos: debe devolver la mayor parte de lo recaudado a las empresas a las que se les ha cobrado. El peor escenario, la devolución total, dejaría a la administración estadounidense al borde la banca rota. No obstante, si se llegara ahí, sería culpable la irresponsabilidad del presidente, no los jueces. A Trump se le advirtió de la imposibilidad de que sus aranceles superaran el tamiz de constitucionalidad y, a pesar de todo, siguió adelante.
Evitemos el alarmismo. La Administración cuenta con sobrados mecanismos para prevenir su quiebra. De entrada, tenemos los nuevos aranceles generalizados del 10%. Recién aprobados, probablemente también se los declarará inconstitucionales, pues vuelven a ser el producto de una orden ejecutiva, no de una decisión del Congreso. Sin embargo, dan algo de tiempo para escalonar las devoluciones tributarias.
«La Administración cuenta con sobrados mecanismos para prevenir su quiebra»
Como este hay otros trucos que, sumados a la lentitud del procedimiento administrativo, previenen el colapso financiero del gobierno estadounidense. Paradójicamente, su mejor baza, su as en la manga, tendrá un elevado coste político. Nos referimos a lo que en España denominamos la doctrina del enriquecimiento injusto, es decir, la imposibilidad jurídica de cobrar sin causa que lo justifique.
¿Por qué sería tan duro contra Trump? Pues bien, porque tendría que admitir algo que siempre ha negado: los aranceles se repercuten en los consumidores.
Su mejor argumento para no devolver todo el dinero sería argumentar que las empresas han pasado la mayor parte del coste a los consumidores, a través del precio de venta de los productos. Por tanto, sus pérdidas son mucho menores que los aranceles pagados al fisco. Judicialmente convincente, políticamente devastador.
«¿controlando ambas cámaras, por qué Trump no les pidió que aprobaran una ley de aranceles?»
Siempre nos quedará una duda: ¿controlando ambas cámaras, por qué Trump no les pidió que aprobaran una ley de aranceles? Muchas voces autorizadas aseguran que el presidente temía que el debate parlamentario obligara a confrontar el hecho de que los aranceles los pagan los estadounidenses, no empresas o países extranjeros, como él había asegurado en campaña electoral. Otros apuntan al desprecio de por la división poderes que Trump, defensor de un ejecutivo omnímodo, nunca ha ocultado.
Los historiadores tendrán mucho a debatir, supongo. En el presente inmediato, esta sentencia nos recuerda que el populismo sólo encuentra dos caminos frente al constitucionalismo: derrocarlo o aceptarlo. Los aparatos constitucionales sólidos pueden romperse, pero jamás se doblan ante la intimidación o el abuso.










