La semana pasada el Tribunal Constitucional desestimó el recurso de inconstitucionalidad (núm. 2379/2021) que Vox interpuso contra la reforma del Consejo General del Poder Judicial impulsada por el gobierno durante la pasada legislatura. Aún no se ha publicado la sentencia, sólo la nota informativa (nº 77/2023) que anticipa la decisión del tribunal donde la mayoría progresista se ha impuesto a los magistrados conservadores. Por eso, no he podido leerla, lo que por razones obvias me dificulta el comentario. No obstante, voy a tratar de explicar mi desacuerdo con la sentencia, a partir de lo expuesto en la nota informativa.

Como sabemos todos, la renovación del Consejo General del Poder Judicial está bloqueada en el parlamento desde hace más de un lustro. Esto significa que los Vocales del actual CGPJ han doblado su mandato, extiendo interinamente otros cinco años su duración, sobre los cinco habituales.

“el Tribunal Constitucional desestimó el recurso de inconstitucionalidad que Vox interpuso contra la reforma del CGPJ”

Como medida de presión al PP, el gobierno consiguió sacar adelante la Ley Orgánica 4/2021, que privó de su función más importante al CGPJ interino: nombrar jueces para tribunales de segunda instancia, como las Audiencias Provinciales, así como tribunales superiores, los Tribunales Superiores de Justicia de cada autonomía, la Audiencia Nacional, además de, por supuesto, el Tribunal Supremo.

También es prerrogativa del CGPJ proponer a dos magistrados del constitucional, conjuntamente con dos propuestos por el Consejo de Ministros. La reforma del 2021 también proscribió esta facultad para el CGPJ interino, pero un año después, PP y PSOE alcanzaron un acuerdo para nombrar a los cuatro magistrados de constitucional que nombra el Congreso y los cuatro que nombra el Senado. Se abría entonces la puerta a armar una mayoría progresista en el TC.

“la renovación del Consejo General del Poder Judicial está bloqueada en el parlamento desde hace más de un lustro”

Para garantizar esa mayoría los partidos que sostenían al gobierno contrarreformaron la ley para devolver al CGPJ interino la facultad de nombrar magistrados del Tribunal Constitucional. Así vio la luz la Ley Orgánica 8/2022.

Estas maniobras políticas por parte de la izquierda, sin duda, merecen críticas. Su cinismo sólo se eclipsa ante su torpeza. Pero a nadie se le escapa que el PP ostenta la mayor parte de responsabilidad en esta crisis, cómodo con la vigente mayoría conservadora.

“a nadie se le escapa que el PP ostenta la mayor parte de responsabilidad en esta crisis”

Alguien podría decir que Feijoo y Sánchez a punto estuvieron de lograr un acuerdo, precisamente cuando renovaron los magistrados del constitucional, escogidos por las Cortes. Sin embargo, todo saltó por los aires a causa de la decisión del gobierno de derogar el delito de sedición.

No seré yo quien diga que esta es una cuestión menor o exenta de polémica. Ahora bien, difícilmente justifica la cerrazón en banda a cualquier negociación para cumplir con el mandato constitucional de renovar el CGPJ.

“Feijoo y Sánchez a punto estuvieron de lograr un acuerdo, precisamente cuando renovaron los magistrados del constitucional”

Por supuesto, al resolver el recurso de Vox, el TC únicamente debía analizar la ley del de 2021, no la de 2022. Tampoco habrá analizado el contexto político. Aunque muy ingenuos tendríamos que ser para pensar que todo esto no ha planeado sobre la sala.

La mayoría de magistrados progresistas ha defendido, según explica la nota informativa, que la propia constitución remite el funcionamiento del CGPJ a una ley orgánica, ergo que las Cortes gozan de un margen notable para regular sus atribuciones. Con este punto de partida, no parece irracional que un organismo con un mandato acotado en el tiempo vea restringidas sus atribuciones cuando este expira.

“La mayoría de magistrados progresistas ha defendido […] que las Cortes gozan de un margen notable para regular sus atribuciones”

Ambos argumentos son correctos, pero, en mi opinión, debería prevalecer el derecho fundamental de los españoles al acceso a la justicia. Recogido en la constitución, en el Convenio Europeo de los Derechos Humanos y otros muchos tratados internacionales suscritos por España, este derecho protege la posibilidad de los ciudadanos de llevar sus conflictos a los tribunales.

No abarca únicamente el mero acceso, sino el derecho a recibir una respuesta razonada a la cuestión planteada. Obviamente, nada garantiza que deban darte la razón. Además, el acceso a la justicia incorpora el derecho a la apelación, o sea, a la revisión de la primera decisión judicial por otro tribunal de mayor rango.

“en mi opinión, debería prevalecer el derecho fundamental de los españoles al acceso a la justicia”

Por aquello de que son seres humanos, los jueces se jubilan y, por desgracia, en algunos casos fallecen prematuramente. También pueden contraer largas enfermedades o solicitar excedencias. Sin proveer la renovación generacional, los tribunales de mayor rango, a cargo de la apelación y la casación para unificar criterios jurisprudenciales, se encuentran, en muchos casos, al borde del colapso, como la sala contencioso-administrativa de Tribunal Supremo. O han colapsado ya, como el Tribunal Militar Central, lo que significa que ya no se pueden juzgar a oficiales de nuestros ejércitos con rango superior a comandante.

A partir de marzo toda la jurisdicción militar quedará paralizada. Más o menos a mediados del año que viene se espera que colapse la Sala Contenciosa del Tribunal Supremo, a cargo de los recursos contra las decisiones de la Administración. Hasta cuatro salas de diversos Tribunales Superiores de Justicia autonómicos pueden verse igualmente paralizadas.

“Sin proveer la renovación generacional, los tribunales de mayor rango se encuentran al borde del colapso”

Negar al CGPJ la posibilidad de nombrar sustitutos, aunque fuesen, por ejemplo, sustitutos interinos, paralizará al poder judicial más pronto que tarde. Los perjudicados, no nos equivoquemos, no son los jueces. Vaya, quizás, se podría considerar perjudicados a los 36 jueces votados por sus compañeros y que llevan casi seis años a la espera de que las Cortes decidan quienes entre ellos ocuparán las doce vocalías judiciales del CGPJ. Pero, al final, los verdaderos perjudicados son los ciudadanos. Primeramente, los que están incursos en procedimientos que pueden vararse. Y, en gran medida, toda la sociedad se convierte en una víctima potencial.

Sí, la situación es insostenible. El PP se mantiene enrocado en que quiere cambiar la ley para que los jueces elijan a los jueces y que hasta que el PSOE no acepte no hay nada que hablar. El PSOE sostiene que el CGPJ debe ser elegido por el parlamento. En defensa de la primera postura encontramos, por supuesto, la independencia del poder judicial. A favor de la segunda, un argumento a menudo olvidado por las izquierdas. A diferencia de otros Consejos de la Magistratura, como el de Italia o Francia, nuestro CGPJ ostenta poderes políticos, como hacer reglamentos de justicia en materias de igualdad, promoción interna etc.

“Los perjudicados, no nos equivoquemos, no son los jueces, somos los ciudadanos”

No sé cómo se resolverá esta crisis, pero nunca deberíamos olvidar que la culpa no es del CGPJ, sino del parlamento. Si diputados y senadores se quedaran sin sueldo hasta la renovación del organismo, la crisis probablemente se acortaría, si es que no se resuelve al instante.