La semana pasada analizamos el procedimiento legislativo ordinario para la aprobación de normas europeas. Hoy veremos varios procedimientos legislativos especiales: la conformidad, la consulta, la concertación y la aprobación presupuestaria.

Vimos que, en el procedimiento ordinario, la Comisión europea hacía una propuesta que se transfería al Consejo –donde votan los ministros de los países– y al Parlamento europeo. La aprobación de la norma, por esta vía, exigía que ambas instituciones acordaran el texto legal definitivo.

“Hoy veremos varios procedimientos legislativos especiales: la conformidad, la consulta, la concertación y la aprobación presupuestaria”

En el procedimiento de conformidad, la propuesta normativa de la Comisión también se envía a ambas instituciones. El Consejo conserva su capacidad de modificar el texto. Sin embargo, en este procedimiento, el Parlamento únicamente puede validar o tumbar, el texto aprobado por el Consejo, sin posibilidad de enmendarlo. Trasladado al marco constitucional español, el Parlamento europeo se encuentra en una posición similar a la de nuestro Congreso cuando recibe un Real Decreto-Ley: o todo o nada.

Entre otras materias siguen este procedimiento: la regulación básica de los derechos de la ciudadanía europea, las medidas contra la discriminación, la normativa electoral para el parlamento…

“En el procedimiento de conformidad, […] el Parlamento únicamente puede validar o tumbar, el texto aprobado por el Consejo, sin posibilidad de enmendarlo”

En el procedimiento de consulta, el poder del Parlamento todavía se ve más aminorado, ya que ni siquiera vota la propuesta. Reducido a una asamblea consultiva, emite un dictamen acerca de la propuesta de la Comisión, pronunciándose a favor o en contra.

Para ser justos, cuando la Comisión detecta que va a recibir un dictamen desfavorable, la práctica habitual es, incluso ante de que el Parlamento emita ese informe consultivo contrario, retirar su propuesta y reelaborarla en términos que le gusten más al Parlamento. Después de todo, tampoco le interesa enemistarse con la mayoría parlamentaria.

“En el procedimiento de consulta, el poder del Parlamento todavía se ve más aminorado, reducido a una asamblea consultiva”

No obstante, si la Comisión no quisiera retirar su propuesta, aún con el Parlamento en contra, bastaría la aprobación del Consejo, que sí podría introducir modificaciones en el texto, para que la nueva normativa europea se aprobara. Muchas e importantes competencias discurren por el procedimiento de consulta, lo que, junto al hecho de que los eurodiputados no pueden proponer nuevas normas, nos ilustra hasta qué punto el Parlamento europeo, pese a la elección directa de sus miembros, dista de ser una auténtica cámara legislativa.

Entre las materias más relevantes reservadas al procedimiento de consulta encontramos: medidas de armonización fiscal, medidas relativas a derechos laborales, la energía, el medioambiente, algunas medidas de cooperación judicial entre Estados, la cooperación policial entre Estados, los derechos de propiedad intelectual, los reglamentos del Banco Central Europeo y el Banco Europeo de Inversiones, la normativa de documentos de identidad para nacionales y extranjeros en Europa o, entre otras, las relaciones entre la UE con sus regiones ultraperiféricas y territorios de ultramar.

“el Parlamento europeo, pese a la elección directa de sus miembros, dista de ser una auténtica cámara legislativa”

A modo de aclaración, se consideran regiones ultraperiféricas, nueve territorios, que pertenecen a Estados de la UE, pero geográficamente alejados del propio continente. Esto hace que se les garanticen cierto tratamiento especial en la normativa europea, de modo que no se vean perjudicados. Integran este colectivo: Guadalupe, la Guayana Francesa, Martinica, Mayotte, Reunión y Saint Martin (Francia); Canarias (España); las Azores y Madeira (Portugal).

“regiones ultraperiféricas, nueve territorios, que pertenecen a Estados de la UE, pero geográficamente alejados del propio continente”

Los territorios de ultramar, en cambio, no pertenecen a la UE. Sin embargo, como sus habitantes sí son nacionales de un Estado miembro, disfrutan de ciudadanía europea. Esto obliga aplicar protocolos especiales con ellas en comercio, competencia y otras materias. Normalmente, este estatus deriva de la lejanía geográfica, pero, a menudo también, de su tendencia histórica a convertirse en paraísos fiscales. Forman parte de este grupo: Nueva Caledonia, Polinesia Francesa, las islas de Wallis y Futuna, San Pedro y Miquelón, San Bartolomé y las Tierras Australes y Antárticas francesas (Francia); las islas caribeñas de Aruba, Curazao, Sint Maarten y las Islas BES (Países Bajos); así como Groenlandia (Dinamarca).

Tampoco forman parte de la UE las Islas Feroe (Dinamarca), que no han aceptado el estatus de territorio de ultramar. Si bien este comporta pocas obligaciones y ciertos derechos a recibir ayudas e inversiones, este archipiélago ha considerado mejor mantener su total autonomía fiscal, financiera y pesquera.

“Los territorios de ultramar, en cambio, no pertenecen a la UE. Sin embargo, como sus habitantes sí son nacionales de un Estado miembro, disfrutan de ciudadanía europea”

Entre territorios ultraperiféricos y de ultramar, encontramos una tercera categoría, las llamadas regiones especiales, que, pese a no encontrarse geográficamente alejadas del continente, por razones políticas, de distinta índole, reciben un trato especial. El municipio alemán de Büsingen am Hochrhein y la villa italiana de Campione d’Italia, se encuentran totalmente rodeadas de territorio suizo, algo así como nuestra Libia respecto a Francia. Por eso, ostentan un estatus especial, a causa de su integración histórica el mercado helvecio.

Pese a no estar totalmente rodeada de Suiza, la región italiana de Livigno, también guarda desde hace décadas una relación económica especial con Berna. Esto la incorpora a la lista de regiones especiales. Cierran esta lista nuestras Ceuta y Melilla; el archipiélago báltico de Aland, que goza de amplia autonomía política en Finlandia; la pequeña y escasamente habitada isla alemana de Heligoland; y el peculiar Monte Athos griego, una pequeña y montañosa península habitada por monjes cristiano-ortodoxos, único territorio de Europa donde no pueden entrar las mujeres –salvo en algunos años jubilares.

“las llamadas regiones especiales, que, pese a no encontrarse geográficamente alejadas del continente, por razones políticas, de distinta índole, reciben un trato especial”

En cualquier caso, las normas relativas a la relación de la UE con todos estos territorios, así como toda la lista de temas que antes mencionamos, privilegia la posición del Consejo, o sea de los Estados.

Aunque cada vez más residual, en la UE sigue existiendo el procedimiento de concertación. Este surgió en 1975, a partir de una Declaración conjunta del Parlamento, la Comisión y el Consejo, para reforzar al primero. Más adelante, la concertación se insertó en Maastricht. Este procedimiento se activa, cuando se está aprobando una norma de contenido económico, financiera o que implica un gasto considerable, para cuya aprobación el parlamento únicamente debe ser consultado.

“Aunque cada vez más residual, en la UE sigue existiendo el procedimiento de concertación”

Si los eurodiputados son contrarios a la aprobación de la norma tal cual está escrita, entonces pueden proponer una concertación. Si el Consejo y la Comisión están de acuerdo, se convoca una reunión de eurodiputados, ministros estatales y miembros de la comisión quienes acordarán un texto conjunto.

Por último, encontramos el procedimiento presupuestario. El presupuesto también se aprueba a propuesta de la Comisión y sigue un procedimiento muy similar al legislativo ordinario, es decir, el Consejo y el Parlamento han de acordar un texto común para su aprobación. Sin embargo, en caso de desacuerdo, se privilegia teóricamente la posición del Parlamento, que podría aprobar por su cuenta el presupuesto por mayoría cualificada. En la práctica, dada la estrecha relación de los eurodiputados con sus países, a través de sus partidos, resulta difícil imaginar un presupuesto aprobado sin el voto favorable del Consejo.