Con un pie fuera de la Generalitat Valenciana, a muchos nos preocupa cómo se ganará la vida Mazón a partir de ahora. Bromas aparte, ya imaginamos que no lo veremos pidiendo en la esquina. Lo que nos da pie a hablar de las famosas pensiones de expresidentes autonómicos y nacionales.
Vamos a empezar clarificando las diferentes prestaciones que pueden percibir los antiguos jefes de gobierno, porque, a menudo, se confunden los conceptos:
- Retribución pecuniaria, que puede adquirir tres modalidades:
- Vitalicia.
- Temporal que puede convertirse en vitalicia, como un sustituto o complemento a la pensión de jubilación ordinaria.
- Retribución temporal, una especie de macro finiquito.
- Oficina para el expresidente que suele englobar: a) alquiler de un inmueble o cesión de una oficina pública; b) coche oficial, con chófer y gasolina pagada; c) entre dos y tres funcionarios (según el caso) a su servicio; y d) dietas personales. ¿Presupuesto anual? Se actualiza con el tiempo, pero oscila entre los 60.000 y los75.000 euros.
- Puesto retribuido en algún órgano consultivo como el Consejo de Estado o el Consejo Consultivo autonómico.
Tengamos en cuenta que, según el caso, estas prebendas pueden acumularse. A partir de ahí, empecemos nuestra clasificación yendo de menos a más.
«las diferentes prestaciones que pueden percibir los antiguos jefes de gobierno, a menudo, se confunden»
Si se comparan con algunos de sus vecinos, los expresidentes de Aragón, Asturias, Baleares, Canarias, Cantabria, La Rioja y Murcia se sentirán un poco pringados. Ninguna pensión, ninguna oficina para ex jefe del ejecutivo hay prevista en estos territorios.
Como mucho, si en algún momento participan de un evento, en su condición de expresidente, se les abonará una modesta dieta de alojamiento o desplazamiento, no demasiado diferente a la de cualquier asalariado, cuando se desplaza por trabajo. Lo que, para ser justos, parece del todo razonable.
«los expresidentes de Aragón, Asturias, Baleares, Canarias, Cantabria, La Rioja y Murcia se sentirán un poco pringados»
Vamos, a continuación, con las comunidades autónomas que ofrecen una pensión o indemnización estrictamente temporal: Madrid y Navarra.
Los ex mandatarios de la comunidad foral cobran un 80% de su salario como presidente, por el tiempo que ocuparon el cargo, con un límite de 2 años.
Hasta 2015, Madrid disponía de un Consejo Consultivo al que se retiraban los expresidentes autonómicos, con nóminas abultadas. Por decisión del gobierno de Cristina Cifuentes, este organismo fue abolido. Durante un tiempo, los expresidentes madrileños quedaron en el grupo de los pringaos, huérfanos de toda prebenda. Este 2025, sin embargo, se aprobó para ellos una pensión idéntica a la navarra: 80% de su sueldo por el tiempo de su mandato, con un límite de dos años.
«las comunidades autónomas que ofrecen una pensión o indemnización estrictamente temporal: Madrid y Navarra»
En un eslabón intermedio entre este grupo y el siguiente se sitúa Extremadura. Tradicionalmente, sus expresidentes gozaban de una pensión vitalicia que se abolió en 2014. A partir de entonces, tienen derecho a una pensión del 80% de su sueldo, durante la mitad de tiempo que hayan permanecido en el cargo, siempre que como mínimo hayan servido una legislatura completa.
Como vemos, a diferencia de Madrid y Navarra, Extremadura no impone un tope de 2 años de pensión. Será la mitad del mandato. Otra diferencia, más importante si cabe, es que los expresidentes extremeños sí disfrutan de una de esas oficinas tan generosamente dotadas para antiguos jefes de gobierno.
«Como vemos, a diferencia de Madrid y Navarra, Extremadura no impone un tope de 2 años de pensión»
A continuación, encontramos a Andalucía, donde se les asigna una oficina a los expresidentes, hasta los 75 años –el resto de oficinas son vitalicias. A partir de los 65 años, disfrutan de una pensión vitalicia equivalente al 60% del sueldo de Presidente de la Junta de Andalucía, restándole la diferencia de la pensión de jubilado que estén cobrando –o sea, un poco menos del 60% en la práctica.
En Cataluña, todos los expresidentes disfrutan de una oficina propia y una pensión del 60% de su sueldo presidencial, durante un periodo igual a la mitad de la duración de su mandato. Vencido ese tiempo, en caso de que el ex President no disfrute de ingresos propios, tendrá derecho a un subsidio equivalente al 60% salario de un diputado autonómico. Eso sí, una vez cumpla 65 años, podrá elegir: o cobra la pensión ordinaria o el 60% del sueldo de Presidente de la Generalitat. ¿Se adivina qué suelen elegir?
«En Cataluña, todos los expresidentes disfrutan de una oficina propia y una pensión del 60% de su sueldo presidencial, durante un periodo igual a la mitad de la duración de su mandato»
Merece la pena destacar que la generosidad de los contribuyentes catalanes no conoce límites. A diferencia del resto de autonomías, aquí también retribuimos con una pensión a los expresidentes del Parlament. Esta consiste en el 80% de su sueldo, durante un periodo igual a la mitad del tiempo en que ejercieron su cargo, siendo el mínimo para cobrarla una legislatura. Al cumplir los 65 años, ellos también podrán elegir entre la pensión de toda la vida o cobrar el 60% del sueldo de presidentes de la asamblea autonómica.
¡Ni el Presidente del Senado o del Congreso disfrutan de nada ni remotamente parecido!
Los expresidentes de Galicia y Castilla y León no tienen derecho oficina ni a pensiones, pero pueden incorporase al Consejo Consultivo autonómico donde cobrarán una media 70.000 euros al año. Este cargo es incompatible con cualquier otro puesto o profesión retribuida. En las tierras galaicas se limita esta posibilidad hasta los 75 años y, en las castellanoleonesas hasta los 70.
«Los expresidentes de Galicia y Castilla y León no tienen derecho oficina ni a pensiones, pero pueden incorporase al Consejo Consultivo autonómico»
Si dejan el cargo siendo relativamente jóvenes, se les puede considerar de los más privilegiados de nuestra lista. Además, tengamos en cuenta que su rol en el Consejo Consultivo se limita a lo ceremonial. Estas instituciones se componen de juristas expertos que emiten dictámenes técnicos, sobre las cuestiones que les plantean los gobiernos. Como vocal, un expresidente vota (sí, no o abstención) dichos dictámenes y, si está de humor, igual aporta algún criterio de oportunidad política –lo que no es muy habitual.
Los expresidentes valencianos son los únicos que, en este momento, pueden simultanear el disfrute de una oficina de apoyo al ex jefe de gobierno, con la pertenencia al Consejo Consultivo autonómico. La membresía de este último, como en Galicia y Castilla y León, se retribuye, con unos 70.000 euros/año, aproximadamente. No obstante, su permanencia en este órgano, incompatible con otros cargos o ingresos, se limita drásticamente:
«un plazo de quince años cuando hayan ejercido el cargo de presidente por un período igual o superior a una legislatura completa. En los restantes casos, serán miembros natos del Consejo Jurídico Consultivo de la Comunidad Valenciana por un período igual al tiempo que hayan ejercido el cargo de presidente, con un mínimo de dos años» (art. 4.1 Ley valenciana 6/2002)
Como ha cumplido dos años en el cargo, Mazón tiene asegurados, al menos 140.000 euros públicos, amén de los ingresos –vitalicios– de su oficina. Los últimos no se hallan limitados en el tiempo.
«Los expresidentes valencianos son los únicos que pueden simultanear el disfrute de una oficina de apoyo al ex jefe de gobierno, con la pertenencia al Consejo Consultivo»
Posiblemente, el Lendakari vasco disfrute del mejor retiro entre las autonomías. Su pensión no está sujeta a ningún límite de tiempo, interrupción hasta la jubilación, o nada similar. Desde que deje el puesto, tiene derecho a seguir cobrar el 50% de su salario como jefe del ejecutivo vasco, trufándolo con una oficina de ex presidente de generoso presupuesto.
¿Y los ex presidentes del gobierno central? No podemos acabar sin hacerles una mención ¿verdad?
«Posiblemente, el Lendakari vasco disfrute del mejor retiro entre las autonomías.»
Lo cierto es que su estatus ha variado y no poco –siempre a mejor– en la historia reciente. Quizás sorprenda, pero cuando Suárez (1981) y Calvo Sotelo (1982) abandonaron la presidencia del gobierno no se les habilitó ningún régimen especial. Cobraron una especie de finiquito, consistente en el 80% de sueldo durante el tiempo que hubieran ejercido el cargo, con un límite 24 meses, vía presupuestos generales del Estado de 1981 (Ley 74/1980, art. 10.5). El mismo trato, reciben desde entonces los ministros y presidentes que hayan ocupado tales cargos, después del 1 de enero de 1981.
Un año antes de unas elecciones que le fueron mucho mejor de lo esperado, Felipe González aprobó el Real Decreto 405/1992, para regular el estatuto de expresidentes del Gobierno de España, por aquello de si se convertía en uno. Aquí se instituyó la famosa oficina del expresidente, con coche, chófer y gasolina, dos funcionarios adscritos a su cargo, presupuesto para gastos de transporte dentro del territorio nacional, sea aéreo, marítimo o en ferrocarril, junto a otras dietas. Aproximadamente, nos vamos a unos 75.000 euros al año por expresidente, compatibles con cualquier otro cargo u ocupación.
«Felipe González aprobó el Real Decreto 405/1992, para regular el estatuto de expresidentes del Gobierno de España»
Para rematar, en 2004, Zapatero reformó el Consejo de Estado (Ley Orgánica 3/2004) para que los expresidentes pasaran a ser miembros vitalicios natos del órgano, lo que les permite aumentar sus ingresos públicos alrededor de 80.000 euros anuales. Este emolumento –a diferencia de la oficina de expresidente– no es compatible con otros cargos o actividades privadas, pero sí es un derecho vitalicio. Actualmente, ningún expresidente ejerce en el Consejo de Estado –sólo Zapatero usó esta facultad antes de empezar a trabajar en el sector privado. No obstante, siempre podrán solicitar el ingreso, salir y entrar, a su gusto y voluntad.
Cuando en julio de 2010, Zapatero pronunció su famoso discurso, en que anunciaba duros recortes en las prestaciones públicas y salarios de los funcionarios, para salvar el país de la crisis financiera «cueste lo cueste, cueste lo que me cueste», olvidó recortar su pensionado de ex jefe de gobierno que tanto se había mejorado. En su defensa, nadie después de él ha revertido la reforma del Consejo de Estado de 2004, ni el Real Decreto 405/1992.
«Zapatero reformó el Consejo de Estado (Ley Orgánica 3/2004) para que los expresidentes pasaran a ser miembros vitalicios natos del órgano»
Nos queda un gasto, que deliberadamente he omitido hasta ahora, el único que jamás racanearé a nadie: la seguridad. Quien por haber ocupado un cargo corra riesgo de sufrir violencia debe ser protegido por el Estado.
Todo lo demás… merecería una reflexión. Más que nada, porque no parece que los expresidentes de gobiernos nacional o autonómicos tropiecen con demasiados escollos a la hora de labrarse una lucrativa vida profesional –sobre todo en el sector privado. No en vano, muchas veces, el ingreso público en cualquiera de sus formas –pensión u oficina– acaba siendo el menos rentable de cuantos perciben.










